Paternidad de cinco semanas - Asesoría Tejero

Paternidad de cinco semanas

Recientemente, la duración de la suspensión del contrato de paternidad ha aumento a cinco semanas tras el nacimiento de un hijo.

Desde el pasado 5 de Julio, si uno de sus trabajadores se convierte en papá, tendrá tendrá derecho a una suspensión del contrato durante un periodo de cinco semanas. Además, su empleado también tendrá derecho a dos días (o el tiempo que estime su convenio colectivo) a disfrutar tras el parto.

¿Qué es lo que ha cambiado respecto a los permisos anteriores?

A continuación, te contamos como disfrutar los nuevos derechos de paternidad de cinco semanas.

¿El permiso de paternidad debe ser ininterrumpido? ¿Se debe disfrutar a jornada completa? ¿Existe la posibilidad de disfrutar a jornada parcial?, toma nota:

  • Periodo de suspensión. Es obligatorio que su trabajador disfrute de cuatro semanas de paternidad seguidas. Si así se pacta, existe la posibilidad de que la última semana pueda disfrutarse en cualquier momento dentro de los nueves meses siguientes al nacimiento.
  • Régimen de jornada. Previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, la paternidad se podrá disfrutar a jornada completa o a jornada parcial. Si se decide optar por la jornada parcial, ésta no podrá ser inferior al 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo. En el caso de que se decida escoger esta opción, el régimen de jornada parcial deberá ser el mismo durante todo el periodo de paternidad (a excepción de la última semana).

¿Cuáles son las implicaciones para la empresa? Durante el periodo de paternidad, el trabajador cobrará una prestación del 100% (la empresa no le pagará el salario, pero sí deberá seguir cotizando a la Seguridad Social por las cuotas empresariales). Aun así, existen opciones de contratar a nuevos trabajadores y bonificarse las cuotas empresariales tanto del sustituto como del sustituido.

Como siempre os decimos, no te quedes con dudas. En Asesoría Tejero estaremos encantados de ayudarte. Llámanos. 

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