El pasado 7 de Marzo de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto – Ley 6/2019, en el cual se introdujeron nuevos derechos e importantes novedades que afectan tanto a empresas, empleados públicos, y autónomos.
Para los trabajadores autónomos, se producen dos grandes bonificaciones a tener en cuenta:
– Bonificaciones de cuotas para las trabajadoras autónomas que durante los periodos de descanso por nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia, siempre que este periodo tenga una duración de al menos un mes. En este caso, la afectada podrá beneficiarse de una bonificación del 100% de la cuota de autónomos.
– Bonificaciones para trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo, su cuota por contingencias comunes y profesionales quedará fijada en 60 euros al mes los 12 meses siguientes a su reincorporación.
Los trabajadores por cuenta ajena, podrán disfrutar de los siguientes beneficios:
– Permiso por nacimiento y cuidado del menor. Entre la batería de permisos y cambios, el más llamativo es la ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas en 2019 a partir del 1 de Abril. Además, del mismo modo que pasa con el permiso de maternidad, será obligatorio el disfrute de varias semanas.
– Conciliación laboral. Las personas trabajadoras tendrán derecho a solicitar adaptaciones en la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a conciliar vida laboral y profesional.
– Lactancia. Se abre la posibilidad a que los dos progenitores ejerzan el derecho al cuidado del lactante de forma simultánea hasta los doce meses.
En el caso de empleados públicos, también se introducen nuevos derechos:
– Permisos por nacimiento. Se amplia el permiso por nacimiento y cuidado del menor para el progenitor.
– Permisos por adopción guarda con fines de acogimiento. Cada progenitor disfrutará de 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente tras resolución judicial.
– Lactancia. Permiso retribuido en jornadas completas o una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones.
Y como no todo iban a ser derechos, el nuevo RD-L también trae consigo nuevas obligaciones legales de cumplimiento inmediato. Pero como eso tiene mucha miga, os lo contaremos en el próximo post.
Si os apetece saber todas las novedades, os dejamos link directo al RD-L 6/2019 de 1 de marzo.
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