¿Sabias que actualmente existen en España 6 tipos de trabajadores autónomos?
Aunque todos tienen algo en común, cotizan en el mismo Régimen con las mismas reglas, existen diferencias en el funcionamiento de la actividad y la fiscalidad. Además, según el momento y lo que se pretenda, es más conveniente acogerse a uno u otro.
A continuación, os contamos cuáles son los distintos tipos de autónomos y cuáles son sus particularidades.
- Trabajadores autónomos. Son aquellas personas que gestionan un pequeño negocio que está a su nombre. Generalmente, lo hacen desde la perspectiva del autoempleo. Dentro de éstos trabajadores, encontraríamos:
- Artistas y deportistas
- Autónomos que cotizan por actividades empresariales (hoteleros, dependientes, taxistas…)
- Profesionales autónomos y freelance. En este epígrafe, incluimos a los autónomos que se dedican a actividades profesionales incluidas en:
- Colegiados (médicos, psicólogos, abogados, economistas…)
- No colegiados (diseñadores, tractoristas, publicistas…). Este tipo de autónomos son los denominados «freelance»
- Trabajadores autónomos económicamente dependientes. Se incluyen aquellos autónomos que facturan a un solo cliente el 75% o más de sus ingresos. Este tipo de autónomos, no pueden tener trabajadores a su cargo y deben firmar con la empresa un contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente.
- Autónomos agrarios. Los autónomos incluidos en este bloque, tienen desde 2008 un régimen de cotización especial «Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios«
- Empresarios autónomos / societarios. En este epígrafe, se incluyen los profesionales que cuentan con un negocio de dimensiones mayores y que tienen un mayor número de trabajadores contratados. En general, los autónomos cuentan con la mayoría de la sociedad y su cargo es el de administrador.
- Otros tipos de autónomos:
- Autónomos colaboradores. Cónyuge y familiares de autónomos hasta el segundo grado de consanguinidad que colaboren habitualmente en el negocio.
- Socios trabajadores de cooperativas que opten por cotizar en el régimen de autónomos.
- Los socios de comunidades de bienes.
- Socios industriales de sociedades comanditarias.
Como siempre os decimos, existen diversas particularidades a tener en cuenta. No te quedes con dudas. En Asesoría Tejero estaremos en contacto de ayudarte. Llámanos.